Condena de dos años y medio de prisión para un falso fisioterapeuta que estafó a un paciente con 225 sesiones sin resultados en Alicante
La sentencia sienta un importante precedente para la profesión al considerar, no solo el delito de intrusismo, sino también la estafa al paciente

11-10-2021
Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Andalucía

Un hombre ha sido condenado en Alicante a dos años y medio de prisión por estafas a pacientes al hacerse pasar por fisioterapeuta y cobrar por unos servicios sin cualificación que no aportaban ninguna mejoría. En el caso de una de sus víctimas del engaño, le pagó 3.806 euros por 225 sesiones sin ningún resultado.

 

En el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Alicante ha quedado probado que engañó a esta persona que acababa de sufrir un grave accidente: le hizo creer que tenía la titulación de Fisioterapia y que había ejercido la actividad con gran experiencia.

 

 

Así se desprende de la sentencia, facilitada por el Colegio de Fisioterapeutas de la Comunitat Valenciana (ICOFCV), en la que se estiman los recursos del Colegio y de Fiscalía y se reconoce el delito de intrusismo y el de estafa. Así, se eleva la condena inicial del juzgado, llevando al acusado a prisión y se fija una indemnización al perjudicado de 15.806 euros por los daños y perjuicios ocasionados.

 

En la resolución inicial el juzgado únicamente apreciaba un delito de intrusismo pero, en la nueva sentencia de la Audiencia, se expone que en los recursos del fiscal y del colegio se afirma «con acierto» que el condenado carecía totalmente de aptitud para desarrollar el tratamiento de rehabilitación prescrito por el traumatólogo y que la acciones que ejerció sobre la víctima no sirvieron para nada. Sin embargo, cobró una importante cantidad de dinero por ello.

 

En esta línea, se ha tenido en cuenta que el delito se produce en el ámbito sanitario, el riesgo sufrido por el perjudicado al ser tratado por quien carece de cualificación para ello y el tiempo perdido por el paciente en su recuperación, así como el hecho de que le haya privado de ser tratado por un profesional sanitario cualificado.

 

El perjudicado, pensando que el acusado era fisioterapeuta, tras haber sufrido un accidente de cuello quirúrgico con subluxación de hombro grado II, acromio clavicular y rotura parcial de subescapular, recibió en la clínica, desde el 6 de septiembre de 2011 hasta el 15 de enero de 2013, 225 sesiones de rehabilitación realizadas por el acusado y por la que se emitió la correspondiente factura el 1 de febrero de 2013 por importe de 6.750 euros, no habiendo quedado bien tras el tratamiento.

 

Tal y como recoge la sentencia de la Sala, el acusado realizaba a sus pacientes técnicas manipulativas del aparato locomotor en zonas lesionadas e intervenidas quirúrgicamente. También hacia uso de máquinas terapéuticas propias de la fisioterapia, tales como ultrasonidos, lámpara de infrarrojos y equipo de electroestimulación.

 

Prácticas que hacía a sabiendas de que no estaba facultado para ello, ya que no dispone del título de Grado universitario de Fisioterapeuta, el cual capacita tanto técnica como legalmente. Asimismo, el condenado se anunciaba en redes sociales como fisioterapeuta aún careciendo de dicha titulación.

 

El ICOFCV celebra esta sentencia y la considera «clave» ya que reconoce el delito de intrusismo y el de estafa como dos delitos conectados pero autónomos que concurren en los mismos hechos de manera independiente, lo que ha implicado una penalidad mayor para el acusado.

 

El decano del Colegio de Fisioterapeutas, José Casaña, ha subrayado la «importancia» de estas condenas, a las que califica de «transcendental precedente» ya que «se ha valorado que lo que está en juego es la salud de los ciudadanos, y que solo los profesionales sanitarios garantizan el derecho fundamental al acceso a una sanidad con plenas garantías», tras lo que ha asegurado que el Colegio seguirá trabajando y luchando en defensa de la profesión y del derecho de los ciudadanos a una atención de calidad.

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