Nuevo tipo IRPF para autónomos: 15%

15-07-2015
Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Andalucía

Como consecuencia de la reciente publicación del Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico, publicado en el BOE con fecha 11 de julio y con entrada en vigor el día 12 de julio de 2015, se produce una rebaja en el IRPF tanto para los trabajadores por cuenta ajena como para los autónomos, así como en las retenciones en los rendimientos de los alquileres y de los capitales mobiliarios.

 

El nuevo tipo aplicable para autónomos (rendimientos de actividades profesionales con carácter general) se ha reducido hasta el 15% (antes 19%). Asimismo, el tipo aplicable para profesionales de nuevo inicio (en el año de inicio y en los dos siguientes) ha quedado establecido en el 7% (antes 9%).

 

Igualmente, se estipula en dicha norma que las retenciones de los arrendamientos destinados a local de negocio, como es el caso de las consultas de Fisioterapia, se reducen hasta el 19’5% (antes 20%).

 

Respecto a los rendimientos del capital mobiliario, disminuyen también hasta el 19,5% (antes 20%).

 

En los archivos adjuntos podrá consultar tanto el Boletín Oficial del Estado como un cuadro resumen de los tipos aplicables actualmente, y de los que serán de aplicación en 2016.

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