COMUNICADO RESULTADO AUTO Nº 111/2016 DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

29-06-2016
Consejo de Fisioterapeutas de España

Los Colegios de Fisioterapeutas de las Comunidades de Madrid, Navarra y País Vasco presentaron recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España (CGCFE) y otros colegios impugnando la Asamblea del Consejo de 11-05-2013 y el acto electoral celebrado. De las siete impugnaciones que se plantearon, el Tribunal en su sentencia 1071/2013 del 29 de octubre de 2015 únicamente, y con carácter accesorio, entendió que se produjo un defecto de forma en el acto electoral por que un candidato era a la vez miembro de la mesa electoral.

Pese a que se cumplieron los estatutos y su normativa de desarrollo, y el candidato era el único a ese puesto, el juez considero un vicio que había que corregir aplicando la Ley electoral y dictaminando que se volvieran a celebrar las elecciones para corregir dicho vicio. Situación que se apresuraron a dar cuenta a los medios de comunicación desacreditando a la figuras del Presidente, Vicepresidenta y Secretario General que acompañaron con imágenes de dichos cargos del CGCFE, con gran deterioro de la imagen de la disciplina.

El Consejo, en cumplimiento de la sentencia, acordó repetir el proceso electoral que culminó el pasado 11 de junio con la realización del acto electoral donde ha sido proclamado el siguiente Comité Ejecutivo:

Presidente: D. Miguel Villafaina Muñoz

Vicepresidente: D. Ramón Aiguadé Aiguadé 

Secretario General: D. José Manuel Brandi de la Torre

Vicesecretario: D. Natalio Martínez Lozano

Tesorero: D. Gustavo Paseiro Ares

Vicetesorero: D. David Rivera Herrero

Vocal 1: Dña. Aurora Ferrer Cantón

Vocal 2: D. Manuel López Viña

Vocal 3: D. Jesús Reyes Cano

Contra la repetición del proceso electoral, de nuevo los Colegios de Fisioterapeutas de las Comunidades de Madrid y Navarra volvieron a recurrir ante el TSJM propugnando un incidente de nulidad contra la resolución del Comité Ejecutivo del Consejo de 16 de enero de 2016 donde acuerda iniciar el proceso electoral. Según manifiestan los letrados de los Colegios impugnantes al dictado de sus defendidos “la resolución aquí combatida se ha dictado con la finalidad fraudulenta, de eludir o burlar el exacto cumplimiento del fallo de la sentencia…” ya que interpretan que debe de constituirse una Comisión Gestora que lleve a cabo el proceso electoral y que el Comité Ejecutivo queda suspendido por la anulación del proceso electoral.

Desde entonces, y en coherencia con la postura defendida judicialmente, el Colegio de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid ha venido desacreditando todas las actuaciones que ha realizado este Comité Ejecutivo hasta el momento acusándole de “desobedecer” la sentencia por considerar al Presidente con “inelecto” y al resto como no legitimado para seguir trabajando por el Consejo y la Fisioterapia. Así mismo ha boicoteado al Consejo como con la irresponsable “suspensión temporal de toda relación con el actual Consejo”, el impago de las cuotas y la no participación en actos como Asambleas o el propio acto electoral por ser “antidemocrático”; además de amenazar con “estudiar emprender acciones legales si se ven vulnerados o perjudicados los derechos de los fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid”.

El pasado 16 de Junio el TSJM resolvió el incidente de nulidad sentenciando que el acuerdo del Comité Ejecutivo del 16 de enero de 2016 es “perfectamente válido y ajustado al cumplimiento estricto del fallo de la sentencia”, siendo válidas las actuaciones realizadas por el Comité Ejecutivo así como el proceso electoral por el promovido y el nuevo Comité Ejecutivo resultante de ese proceso electoral. Así mismo, el Tribunal por entender que no estaba fundamentado el procedimiento, condena a ambos Colegios a pagar las costas del proceso.

La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid se ha apresurado a comunicar que, aunque no puedan “respaldar” la resolución, no recurrían la sentencia en base a la afirmación de que su “institución toma dicha decisión de no recurrir amparándonos meramente en un criterio de economía procesal, ya que el recurso procedente y posterior de casación, en su caso, se alargaría en el tiempo mucho más que la convocatoria de las próximas elecciones”. Pero aunque el Tribunal no haya asumido sus tesis, el mencionado Colegio seguirá manteniendo su boicot a este Consejo con irresponsable actos como “que hasta la próxima Asamblea General Ordinaria, no participara en ningún acto, comisión o grupo de trabajo, ni decaerá en los procesos en curso en relación a la defensa de los derechos de los fisioterapeutas colegiados en la Comunidad de Madrid”. 

Con el fallo de la sentencia que avala su legal constitución, este Comité Ejecutivo seguirá trabajando a favor y con la ilusión de aunar la Fisioterapia española a pesar de las interesadas zancadillas que se seguirán recibiendo desde dentro y fuera de la profesión sin un motivo punible que lo sostenga. 

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